Sábado, 22 de noviembre
Generales

Decreto del bono de $ 18.000: no lo recibirá quien perciba más de 2 salarios mínimos

La persona solicitante deberá encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial.

Los beneficiarios del refuerzo de ingresos no podrán percibir más que el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles, y tampoco estarán habilitados para acceder al mercado de cambios durante seis meses, según los requisitos establecidos en el decreto 216/2022 que instituyó el bono de $ 18.000 a cobrar en dos cuotas.

La persona solicitante deberá encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial.

Los trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas, que se encuentren en situación de desempleo, de entre 18 y 24 años, cuando el control de ingresos de su grupo familiar no supere al valor equivalente de tres salarios mínimos.

Asimismo, quienes accedan al beneficio, no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas por el plazo de seis meses desde que se haya hecho efectiva la percepción de la asignación.

Así, podrán acceder al beneficio:

  • Trabajadores y trabajadoras que perciban ingresos por el desarrollo de actividades laborales informales y no registradas y sus ingresos no superen dos salarios mínimos.
  • Personas que se encuentren en situación de desempleo.
  • Trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, a excepción del sector público nacional, provincial, municipal y de la ciudad de Buenos Aires.
  • Monotributistas inscriptos e inscriptas en las categorías A y B y sociales.
  • Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
  • Una vez cumplidos estas condiciones, deberán acreditar:
  • Ser argentino o argentina nativo o nativa, por opción o naturalizado o naturalizada y residente en el país o extranjero o extranjera con una residencia legal no inferior a dos años anteriores a la solicitud de la asignación monetaria.
  • Tener entre 18 y 64 años de edad.
  • No encontrarse como titular de jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la ciudad de Buenos Aires.
  • No contar con seguro de medicina prepaga.
  • No estar alcanzada por cobertura de salud a excepción de trabajadores y trabajadoras con contratos de relación de dependencia registrados durante el período de reserva de puesto, de casas particulares, monotributistas A y B y sociales, y titulares de la prestación por desempleo.
Fuente: Diario Primera Linea
Noticia Anterior

VILLA ANGELA: EMPLEADOS MUNICIPALES TENDRÁN DEPOSITADO SU SUELDO ESTE VIERNES 

Noticia Siguiente

Secuestran Nueve Plantas de Marihuana en Operativo Nocturno en Enrique Urien

Comentarios

  • Se el primero en comentar este artículo.

Deja tu comentario

(Su email no será publicado)

🔔 ¡Activa las Notificaciones!

Mantente informado con las últimas novedades.