Secuestran Nueve Plantas de Marihuana en Operativo Nocturno en Enrique Urien
Histórico fallo en los Juzgados de la ciudad de Villa Ángela
La resolución fue emitida por el Juzgado Civil y Comercial N°2 a cargo del Dr. Pablo Iván Malina
El día martes 26 de abril del corriente año, se conoció la primera sentencia en toda la provincia y segunda en el país, contra una entidad bancaria, y no podrán cobrarle un préstamo emitido desde la cuenta de una cliente, cuando era víctima de una estafa bancaria (también conocida como delitos de phishing).-
En la fecha, se notificó la Sentencia N°25, favorable a una cliente quien, representada en sus intereses por la DRA. MENDIETA, TAMARA, M.P. 9149 obtuvo, contra el N.B.Ch. S.A., la NULIDAD DE UN PRÉSTAMO BANCARIO, tomado desde su cuenta sueldo que posee como docente, cuando, se encontraba siendo víctima de una ESTAFA BANCARIA a través de la red social FACEBOOK. Es decir que, la víctima no sólo no tendrá que abonar dicho préstamo, sino que además deberá devolvérsele todo lo descontado y/o abonado como consecuencia del mismo.-
La novedosa resolución fue emitida por el Juzgado Civil y Comercial N°2 a cargo del Dr. Pablo Iván Malina, y se transforma así, en un precedente de suma importancia en materia jurídica, y en una aplicación de vanguardia del derecho consumeril. Es decir, del ordenamiento jurídico que regula y protege todos los derechos que le competen a los consumidores, respecto de sus proveedores de bienes y servicios. Que a nivel internacional viene teniendo fuerte acogida por los diferentes tribunales, siendo en nuestro país como se dijera, la segunda emitida en términos protectorios para los usuarios y consumidores frente a este tipo de entidades bancarias, y/o financieras.
El fallo realiza una aplicación y juego armónico de las normas, tanto de derecho constitucional, como de orden interno. Poniendo de resalto que, en el caso concreto, el NBCH S.A. no cumplió con su fundamental “DEBER DE SEGURIDAD”, de raigambre constitucional, que le compete para con todos sus clientes. Deber lo que lo obliga a cumplir con determinados mecanismos y procedimientos protectorios de los derechos e informaciones que posee de sus clientes, y preventivo de eventuales daños. Y que en el caso concreto no funcionaron, no se verificó la identidad del solicitante del préstamo, es decir, que sea realmente su cliente quien estuviera solicitándolo, ni a posteriori se le brindó solución alguna, lo que ocasionó que una nueva estafa se consume, y de esta manera un gran daño patrimonial a dicha clienta. –
En este contexto, y frente a los hechos descriptos la Dra. Mendieta, Tamara sigue recomendando a toda víctima de estos delitos, realizar la correspondiente denuncia penal, y luego dirigirse a realizar el debido reclamo, a la entidad bancaria, para de esta manera habilitar la vía judicial correspondiente. Asimismo, brinda su dirección, en Lavalle N° 165 de la ciudad de Villa Ángela, a los fines de consultar sobre los casos en particular y su N° de teléfono 3735-442420, apto para vía whatsapp.-



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